Ojo y tenerlo presente que alguno se va en Bus
La norma entrará en vigor en Navidad,
mientras las asociaciones de automovilistas denuncian que la medida no
será excepcional y afectará a 50.000 conductores al año
Entre los
motivos para la confiscación se encuentran el exceso de velocidad,
conducir borracho o sin carné
Los jueces podrán
decomisar el vehículo de los conductores que cometan infracciones más
graves a partir de Navidad. Entre esos delitos graves, se encuentran el
exceso de velocidad, conducir borracho o sin carné. En esa
fecha entrará en vigor la última reforma del Código Penal publicada
este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Con ocasión de la
aprobación en el Congreso de los Diputados de las nuevas normas, el
director de la DGT, Pere Navarro, afirmó que esta medida sólo se
utilizaría de manera "excepcional como
alternativa a la prisión". Sin embargo, asociaciones de
automovilistas denuncian que la medida no es excepcional y que afectará a
50.000 conductores al año.
"Se le
abre la posibilidad al juez, en función de las circunstancias especiales
y excepcionales, de que en algún caso pueda considerar el comiso del
vehículo", señaló entonces Navarro. Entre las nuevas normas del
Código Penal, se incluye el artículo 385 bis, que permite que un juez
decida decomisar el vehículo de un conductor que ha cometido un delito
grave contra la seguridad vial.
No obstante, la
introducción en Código Penal de esta posibilidad ha generado críticas en
algunos club de automovilistas. En este sentido, Automovilistas
Europeos Asociados (AEA) considera "desproporcionada"
esta medida y asegura que, tal y como está redactado el Código Penal, "el decomiso no se ha contemplado como una
medida excepcional, sino que debe aplicarse en todas las condenas por
delitos contra la seguridad vial". Por ello, prevé que
aproximadamente unos 50.000 automovilistas al año se quedarán sin coche.
Hasta ahora, el Código Penal recogía la posibilidad de
decomisar el vehículo de un infractor para el caso de los "conductores kamikaces". Sin embargo,
con la reforma aprobada se amplía a otros delitos de seguridad vial como
excesos de velocidad elevados o altas tasas de alcoholemias.
OBLIGATORIO SOMETERSE A LAS PRUEBAS DE
DETECCIÓN DE DROGAS
No es el único cambio relacionado con
la seguridad vial que entrará en vigor las próximas navidades. También
se elimina la actual disyuntiva entre la pena de prisión y la de multa y
los trabajos en beneficio de la comunidad, estableciéndose los tres
tipos de penas como alternativas. Se concede además a los jueces la
facultad excepcional de rebajar la pena de prisión atendiendo a la menor
entidad del riesgo y a las demás circunstancias del hecho enjuiciado.
Otra
de las novedades que incluye la reforma del Código Penal respecto a la
seguridad vial es la obligatoriedad de someterse a las pruebas de
detección de drogas mediante test indiciarios de saliva. En caso de
negativa a realizar estos test se acusará al conductor de un delito
contra la seguridad del tráfico castigado con una pena de prisión de
seis meses a un año y la privación del derecho a conducir vehículos a
motor de un año y un día hasta cuatro años.
La norma entrará en vigor en Navidad,
mientras las asociaciones de automovilistas denuncian que la medida no
será excepcional y afectará a 50.000 conductores al año
Entre los
motivos para la confiscación se encuentran el exceso de velocidad,
conducir borracho o sin carné
Los jueces podrán
decomisar el vehículo de los conductores que cometan infracciones más
graves a partir de Navidad. Entre esos delitos graves, se encuentran el
exceso de velocidad, conducir borracho o sin carné. En esa
fecha entrará en vigor la última reforma del Código Penal publicada
este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Con ocasión de la
aprobación en el Congreso de los Diputados de las nuevas normas, el
director de la DGT, Pere Navarro, afirmó que esta medida sólo se
utilizaría de manera "excepcional como
alternativa a la prisión". Sin embargo, asociaciones de
automovilistas denuncian que la medida no es excepcional y que afectará a
50.000 conductores al año.
"Se le
abre la posibilidad al juez, en función de las circunstancias especiales
y excepcionales, de que en algún caso pueda considerar el comiso del
vehículo", señaló entonces Navarro. Entre las nuevas normas del
Código Penal, se incluye el artículo 385 bis, que permite que un juez
decida decomisar el vehículo de un conductor que ha cometido un delito
grave contra la seguridad vial.
No obstante, la
introducción en Código Penal de esta posibilidad ha generado críticas en
algunos club de automovilistas. En este sentido, Automovilistas
Europeos Asociados (AEA) considera "desproporcionada"
esta medida y asegura que, tal y como está redactado el Código Penal, "el decomiso no se ha contemplado como una
medida excepcional, sino que debe aplicarse en todas las condenas por
delitos contra la seguridad vial". Por ello, prevé que
aproximadamente unos 50.000 automovilistas al año se quedarán sin coche.
Hasta ahora, el Código Penal recogía la posibilidad de
decomisar el vehículo de un infractor para el caso de los "conductores kamikaces". Sin embargo,
con la reforma aprobada se amplía a otros delitos de seguridad vial como
excesos de velocidad elevados o altas tasas de alcoholemias.
OBLIGATORIO SOMETERSE A LAS PRUEBAS DE
DETECCIÓN DE DROGAS
No es el único cambio relacionado con
la seguridad vial que entrará en vigor las próximas navidades. También
se elimina la actual disyuntiva entre la pena de prisión y la de multa y
los trabajos en beneficio de la comunidad, estableciéndose los tres
tipos de penas como alternativas. Se concede además a los jueces la
facultad excepcional de rebajar la pena de prisión atendiendo a la menor
entidad del riesgo y a las demás circunstancias del hecho enjuiciado.
Otra
de las novedades que incluye la reforma del Código Penal respecto a la
seguridad vial es la obligatoriedad de someterse a las pruebas de
detección de drogas mediante test indiciarios de saliva. En caso de
negativa a realizar estos test se acusará al conductor de un delito
contra la seguridad del tráfico castigado con una pena de prisión de
seis meses a un año y la privación del derecho a conducir vehículos a
motor de un año y un día hasta cuatro años.